Condiciones generales de venta
Las presentes condiciones generales resultan de aplicación a todas las ofertas y contratos entre Roofduct Products B.V. y sus clientes.
Traducción: Esta es una traducción del original neerlandés. En caso de discrepancia, prevalece el texto neerlandés.
Artículo 1 · Disposiciones generales
1.2 Las presentes condiciones generales resultan de aplicación a todo lo que hacemos en Roofduct Products B.V., incluidos, entre otros, las ofertas y los contratos entre nosotros y nuestros clientes, a los que en lo sucesivo denominamos «el Cliente».
1.3 Cualquier apartamiento de las presentes condiciones generales deberá acordarse de forma expresa y por escrito entre nosotros y el Cliente.
1.4 Rechazamos expresamente las eventuales condiciones de compra u otras condiciones del Cliente.
1.5 Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales fueran declaradas inválidas, nulas o ineficaces, las restantes disposiciones mantendrán su vigencia. En tal caso sustituiremos las disposiciones inválidas, nulas o ineficaces por otras nuevas que se aproximen en la mayor medida posible a las sustituidas.
1.6 El hecho de que en un momento dado no exijamos el cumplimiento de una o varias disposiciones del contrato, incluidas las de las presentes condiciones generales, no afecta a nuestro derecho a exigir su cumplimiento al Cliente en un momento posterior.
1.7 Las presentes condiciones generales no resultan de aplicación en la medida en que el contrato entre nosotros y el Cliente disponga otra cosa.
Artículo 2 · Ofertas, perfección y modificación del contrato
2.1 En Roofduct Products B.V. procuramos ofrecer a nuestros clientes las mejores condiciones, si bien todas nuestras ofertas se realizan sin compromiso, salvo que en la propia oferta se indique expresamente lo contrario.
2.2 El contrato se perfecciona únicamente cuando nosotros y nuestro cliente alcanzamos un acuerdo por escrito.
2.3 Una vez perfeccionado, el contrato solo podrá modificarse si alcanzamos al respecto un acuerdo por escrito con el Cliente. Así, por ejemplo, las modificaciones de la cantidad o del precio de los productos o prestaciones que suministramos solo son posibles con el consentimiento escrito de ambas partes.
Artículo 3 · Precios y pago
3.1 Precios e IVA. Todos los precios indicados por Roofduct Products B.V. se entienden sin IVA ni otros tributos impuestos por las administraciones públicas, salvo indicación expresa en contrario. Los pagos deberán efectuarse incluyendo el IVA y demás tributos.
3.2 Bienes, obras y prestaciones adicionales. Los precios rigen exclusivamente para los bienes, prestaciones y obras expresamente indicados en el contrato. Todo lo que Roofduct Products B.V. suministre, ejecute o preste por encima de ese alcance se facturará por separado a los precios vigentes el día de la entrega o de la prestación.
3.3 Variaciones de precio. Los precios indicados por Roofduct Products B.V. se basan en los precios de compra, impuestos y factores análogos vigentes en el momento de su indicación. Si tras la perfección del contrato uno o varios de esos factores experimentaran variaciones, Roofduct Products B.V. tendrá derecho a modificar el precio pactado.
3.4 Plazo de pago. El Cliente abonará todas las facturas conforme a las condiciones de pago pactadas e indicadas en la factura. A falta de tales condiciones, el Cliente pagará en un plazo de 14 días desde la fecha de la factura.
3.5 Mora. Si el Cliente no abona los importes debidos dentro del plazo pactado, incurrirá en mora de pleno derecho. Sobre el importe pendiente el Cliente adeudará los intereses legales, sin perjuicio de sus restantes obligaciones.
3.6 Gastos de reclamación. Los gastos de reclamación del crédito, tanto judiciales como extrajudiciales, correrán a cargo del Cliente, con un mínimo de 250 euros.
3.7 Orden de imputación de los pagos. Los pagos del Cliente se imputarán siempre en primer lugar a la cancelación de todos los intereses y gastos debidos y, a continuación, a las facturas vencidas más antiguas.
Artículo 4 · Reclamaciones
4.1 Objeción a una factura. Si el Cliente formula objeciones a una factura de Roofduct Products B.V., deberá comunicarlo por escrito en un plazo de 8 días desde la fecha de la factura. De no reclamar en plazo, decaerá el derecho del Cliente a la rectificación de la factura.
4.2 Efectos de la reclamación. La reclamación del Cliente no suspende sus obligaciones de pago. Ello significa que, pese a la objeción, el Cliente deberá abonar la factura dentro del plazo pactado.
4.3 Deber de examen del Cliente. Es responsabilidad del Cliente examinar sin demora los bienes, prestaciones y obras en el momento de su recepción, a fin de detectar defectos aparentes. De apreciarse defectos aparentes, el Cliente deberá reclamarlos por escrito a Roofduct Products B.V. en un plazo de 8 días desde la recepción.
4.4 Garantías y procedimiento de reclamación. Además del deber de reclamar en plazo los defectos aparentes, el Cliente podrá acogerse a las garantías otorgadas por Roofduct Products B.V.. A tal efecto será de aplicación el procedimiento de reclamación establecido por Roofduct Products B.V. y publicado en el sitio web.
4.5 Carga de la prueba en caso de reclamación. En caso de reclamación del Cliente, corresponderá a este acreditar que lo suministrado no se ajusta al contrato. Si Roofduct Products B.V. considera fundada la reclamación, procederá a subsanar o sustituir lo suministrado.
4.6 Plazo de caducidad. La reclamación del Cliente solo será válida si se formula dentro de un plazo razonable. La ley no precisa qué plazo resulta razonable, si bien en la práctica se considera razonable un plazo de 2 meses desde el descubrimiento del defecto. Las reclamaciones presentadas transcurrido ese plazo no serán tramitadas.
Artículo 5 · Resolución y desistimiento
5.1 Resolución por Roofduct Products B.V.. Roofduct Products B.V. podrá, sin quedar por ello obligada a indemnización alguna, resolver por escrito el contrato con el Cliente, total o parcialmente, con efecto inmediato y sin intervención judicial, cuando: (a) el Cliente solicite un aplazamiento de pagos o el concurso, sea declarado en concurso, proponga un convenio extrajudicial o se trabe embargo sobre parte de su patrimonio; (b) el Cliente quede sometido a administración o curatela; (c) se abra respecto del Cliente el procedimiento legal de reestructuración de deudas; (d) el Cliente cese en su actividad, deje de perseguir su objeto social, acuerde su liquidación, pierda de otro modo su personalidad jurídica o transmita su empresa o se fusione; (e) el Cliente no cumpla, o no cumpla puntual o debidamente, una o varias obligaciones derivadas del contrato de que se trate.
5.2 Efectos de la resolución. Como consecuencia de la resolución, los créditos recíprocos serán inmediatamente exigibles. Lo dispuesto en el apartado anterior no afecta a los demás derechos que asisten a Roofduct Products B.V. en caso de incumplimiento del Cliente, tales como el derecho a la indemnización de daños o al cumplimiento del contrato.
5.3 Desistimiento de las partes. Si por su naturaleza y contenido el contrato no se agota con una determinada prestación y se ha celebrado por tiempo indefinido, cualquiera de las partes podrá ponerle fin mediante denuncia escrita, previo entendimiento y expresando los motivos. Si las partes no hubieran pactado un preaviso, la denuncia deberá respetar un plazo razonable. En tal caso Roofduct Products B.V. no quedará nunca obligada a indemnización alguna por razón de la denuncia.
Artículo 6 · Fuerza mayor
6.1 Terminación o suspensión del contrato. Si por causa de fuerza mayor la ejecución del contrato no resulta posible sin incumplimiento, Roofduct Products B.V. tendrá derecho a poner fin al contrato, total o parcialmente, o a suspender temporalmente su ejecución, sin quedar obligada a indemnización alguna.
6.2 Definición de fuerza mayor. Se entiende por fuerza mayor toda circunstancia que impida la ejecución del contrato y que no resulte imputable a Roofduct Products B.V.. Son ejemplos las huelgas y la enfermedad del personal, las averías de la explotación, las medidas de las autoridades y las alteraciones del transporte. Ello rige tanto si se producen en Roofduct Products B.V. como en sus proveedores.
6.3 Cumplimiento parcial. Si antes de producirse la fuerza mayor Roofduct Products B.V. ya hubiera cumplido parte de sus obligaciones, o si a causa de la fuerza mayor solo pudiera cumplirlas parcialmente, tendrá derecho a facturar por separado la parte ya entregada o entregable. El Cliente estará obligado a abonar dicha factura como si se tratara de un contrato independiente.
6.4 Invocación de la fuerza mayor tras el vencimiento. Roofduct Products B.V. tendrá derecho a invocar la fuerza mayor aun cuando la circunstancia no imputable que impide el cumplimiento de su obligación se produzca después del momento en que debería haber cumplido.
Artículo 7 · Responsabilidad
7.1 Limitaciones de responsabilidad. Roofduct Products B.V. no responde de daño alguno, salvo en los supuestos descritos en el presente artículo.
7.2 Exclusión del daño indirecto. Roofduct Products B.V. no responde del daño indirecto, incluidos el daño consecuencial, el lucro cesante, los ahorros dejados de obtener y el daño por interrupción de la actividad.
7.3 Limitación del daño directo. Roofduct Products B.V. responde exclusivamente del daño directo derivado de un incumplimiento imputable de sus obligaciones contractuales o de un acto ilícito, hasta un importe equivalente a las cantidades facturadas o facturables al Cliente en virtud del contrato, sin IVA ni demás tributos públicos, y en todo caso con un máximo de 10.000 euros.
7.4 Presupuestos de la responsabilidad. La responsabilidad de Roofduct Products B.V. solo nace si el Cliente la ha constituido en mora por escrito y de forma adecuada, concediéndole un plazo razonable para subsanar el incumplimiento, y Roofduct Products B.V. sigue incumpliendo de forma imputable sus obligaciones una vez transcurrido dicho plazo.
7.5 Fuerza mayor. Roofduct Products B.V. no responde cuando el incumplimiento sea consecuencia de fuerza mayor.
7.6 Excepción a las limitaciones. Las limitaciones previstas en el presente artículo no resultan de aplicación cuando el daño sea consecuencia de dolo o culpa grave de Roofduct Products B.V. o de sus directivos.
7.7 Plazo de caducidad. Toda responsabilidad de Roofduct Products B.V. se extingue transcurrido un año desde el momento en que se produjo el daño, entendiéndose que toda responsabilidad de Roofduct Products B.V. se extingue en todo caso transcurrido un año desde la terminación del contrato con el que el daño guarde una relación más estrecha.
Artículo 8 · Indemnidad
8.1 Indemnidad por incumplimiento de obligaciones. El Cliente mantendrá indemne a Roofduct Products B.V. frente a cualesquiera reclamaciones de terceros derivadas del incumplimiento de las obligaciones que incumben al Cliente en virtud de un contrato y de las presentes condiciones generales.
8.2 Indemnidad por daños. El Cliente mantendrá asimismo indemne a Roofduct Products B.V. frente a las reclamaciones de terceros relativas a daños producidos en relación con la ejecución de un encargo. Si un tercero reclamara al Cliente por un daño respecto del cual el Cliente o dicho tercero pudiera considerar o considerara (co)responsable a Roofduct Products B.V., el Cliente deberá informar de ello por escrito a Roofduct Products B.V. en un plazo de 8 días desde la reclamación del tercero.
8.3 Tramitación de las reclamaciones. El Cliente tramitará dichas reclamaciones únicamente de común acuerdo con Roofduct Products B.V.; en caso contrario decaerán las pretensiones del Cliente frente a Roofduct Products B.V..
Artículo 9 · Confidencialidad
9.1 Las partes reconocen el carácter confidencial de la información que reciben una de otra en el marco del contrato. Se comprometen a mantener en secreto toda la información confidencial y a utilizarla exclusivamente para el fin para el que se puso a su disposición.
9.2 Se entiende por información confidencial toda información, en cualquier forma, que una de las partes haya calificado como confidencial o de la que quepa presumir razonablemente su carácter confidencial.
9.3 Las partes adoptarán todas las medidas razonables para proteger la información confidencial y no la comunicarán a terceros, salvo en la medida en que resulte necesario para la ejecución del contrato o venga impuesto por la ley.
9.4 El deber de confidencialidad subsiste también tras la terminación del contrato.
9.5 Si una parte debe comunicar información a un tercero, por ejemplo a una autoridad pública o a un organismo supervisor, informará de ello sin demora a la otra parte, salvo que una disposición legal lo prohíba.
9.6 En caso de incumplimiento del deber de confidencialidad, la parte incumplidora responderá del daño que por ello sufra la otra parte.
Artículo 10 · Controversias y ley aplicable
10.1 Resolución de controversias. Las controversias entre el Cliente y Roofduct Products B.V. que no puedan resolverse de forma amistosa se someterán al tribunal competente de ’s-Hertogenbosch (Países Bajos). Ambas partes se someten a la decisión de dicho tribunal.
10.2 Ley aplicable. Todos los contratos entre el Cliente y Roofduct Products B.V. se rigen por el Derecho neerlandés. Las eventuales controversias entre las partes se resolverán conforme al Derecho y a la jurisprudencia de los Países Bajos.
Datos de la empresa
Roofduct Products B.V. · Citadel 41 · 4194 CT Meteren · Países Bajos · info@roofduct.com